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Aplicación del CTE

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Código Técnico de la Edificación

El Código Técnico de la Edificación (Real Decreto 316/2006) se encuentra vigente desde 2006. Mediante el Real Decreto 235/2013 se adecuó a la Directiva Europea 2010/31/CE. Es una norma con la que el profesional de la edificación debe trabajar constantemente. Recoge los requisitos mínimos de seguridad, habitabilidad y eficiencia energética que deben reunir los edificios. El CTE se compone de dos partes:

  • Parte I: se recogen las exigencias básicas de seguridad y habitabilidad.
  • Parte II: se desarrollan las seis normas técnicas, denominadas documentos básicos, que determinan cómo debe realizarse el diseño de las instalaciones y elementos estructurales del edificio.
Correspondencia entre las exigencias básicas del CTE y los documentos básicos que las desarrollan. Se colorean en rosa los documentos básicos que deben ser utilizados para diseñar la de envolvente térmica del edificio.

SECCIÓN HE

El Documento Básico “Ahorro de Energía” se compone de seis secciones:
La sección HE 1 “Limitación de la demanda energética” regula las pérdidas máximas que puede presentar un cerramiento de la envolvente térmica, la ganancia solar en fachadas debido a huecos y a la aparición de condensaciones.

  • HE 0 “Limitación del consumo energético”.
  • HE 1 “Limitación de la demanda energética”.
  • HE 2 “Rendimiento de las instalaciones térmicas”.
  • HE 3 “Eficiencia energética de las instalaciones lumínicas”.
  • HE 4 “Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria”.
  • HE 5 “Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica”.

SECCIÓN HS

El otro documento básico que es necesario tener en cuenta en el diseño de la envolvente térmica del edificio es el DB Salubridad. Se compone de cinco secciones:

  • HS 1 “Protección frente a la humedad”.
  • HS 2 “Recogida y evacuación de residuos”.
  • HS 3 “Calidad del aire interior”.
  • HS 4 “Suministro de agua”.
  • HS 5 “Evacuación de aguas”.

Secciones del Documento Básico Salubridad. La única sección aplicable a la envolvente del edificio es la HS 3 “Calidad del aire interior”
La sección HS 3 “Calidad del aire interior” regula la ventilación de los espacios interiores en función de su ocupación.

Materiales Aislantes y de Construcción

Los materiales de construcción y aislantes elegidos por el técnico para formar parte de la envolvente del edificio o de su aislamiento térmico deben disponer del marcado CE. Las normas de referencia que establece los requisitos de calidad, seguridad y salubridad que deben obtenerse en los ensayos para obtener el marcado CE son la Directiva 89/106/CEE, sobre los productos de construcción y el Real Decreto 1630/1992, sobre productos de construcción, que transpone la Directiva 89/106/CE.

Marcado CE

NORMATIVA DE REFERENCIA PARA PUERTAS EXTERIORES PEATONALES Y VENTANAS

Al igual que los materiales de construcción y aislantes, las ventanas y puertas peatonales exteriores deben disponer del marcado CE para poder ser utilizados.
El marcado CE indica que la puerta o ventana cumple con la norma UNE EN 14351-1:2006. Esta norma recoge los ensayos que deben realizarse con el producto antes de ser comercializado de forma que se garantice la calidad y fiabilidad de sus funciones. Las pruebas relacionados con el aislamiento térmico que hay que realizar en ventanas y puertas exteriores peatonales se regulan en las siguientes normas UNE:

  • Coeficiente de transmitancia térmica: UNE EN ISO 12567-1:2002, UNEEN ISO 12567-2:2005, UNE EN ISO 10077-1:2001, UNE EN ISO 10077-2:2003.
  • Permeabilidad al aire: UNE EN 1026:2000.
  • Estanqueidad al agua: UNE-EN 1027:2000.
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