A&Q Instalaciones de Agua y Saneamiento

> 200 litros/ciclo.
Esta lavadora es de clasificación energética A: consume 1,36 kWh/ciclo y consume 60 litros de agua por lavado frente a los 110 litros de una lavadora de clase D y los 220 litros de una lavadora de clase G

> 80%.

En España aproximadamente el consumo de agua a núcleos urbanos y, por lo tanto, para usos de edificación, supone aproximadamente un 20% del total. El otro 80% se destina a actividades agropecuarias, principalmente riego de campos.

> 0,2 litros/segundo.

Tabla 2.1 de la sección HS 4. Consumos mínimos instantáneos en litros por segundo que deben presentar los diferentes receptores de fontanería. Un dm3 es equivalente a 1 litro.

> 1,5 bar.
Presiones de servicio mínimas y máximas en los puntos de consumo más desfavorables. Generalmente se consideran como más desfavorables los receptores situados en el piso más alto del edificio y en el circuito más alejado de la montante. La sección HS 4 establece que:
En los puntos de consumo la presión mínima debe ser:

  • 100 kPa para grifos comunes.
  • 150 kPa para fluxores y calentadores.
  • La presión en cualquier punto de consumo no debe superar 500 kPa.

Esto quiere decir que la presión mínima que debe presentar el agua de un grifo a su salida oscilará entre 1 bar (1 kg/cm2) y 5 bar (5 kg/cm2).

> Entre 0,5 y 3,5 metros/segundo.
Velocidad de circulación máxima en las tuberías. Dependerá del tipo de material con el que están fabricadas. La limitación de velocidad produce un ahorro energético y la disminución de vibraciones y de ruidos.
El apartado 4.2.1 de la sección HS 4 establece que:
“La elección de una velocidad de cálculo comprendida dentro de los intervalos siguientes:

  • Tuberías metálicas: entre 0,50 y 2,00 m/s.
  • Tuberías termoplásticas y multicapas: entre 0,50 y 3,50 m/s”.

> 100.
1 bar = 1 kg/cm2 = 14,5 PSI = 100 kPa = 0,1 MPa = 1 atm = 10 metros de columna de agua

> Hasta un 50%.
La apertura en frío de los grifos monomandos implica que la palanca de apertura se sitúe por defecto en la posición que ofrece solamente agua fría. Para suministrar agua caliente el usuario debe girar el mando hacia una posición diferente. Asimismo, disponen de reguladores de caudal
(ecodiscos, reducción del tubo de salida o apertura en dos fases) que permiten ahorrar hasta un 50% de agua.

> En el RITE.
Para determinar los espesores mínimos de los aislamientos se utilizarán las siguientes tablas del RITE:
Tabla 1.2.4.2.1: Espesores mínimos de aislamiento (mm) de tuberías y accesorios que transportan fluidos calientes que discurren por el interior de edificios
Tabla 1.2.4.2.2: Espesores mínimos de aislamiento (mm) de tuberías y accesorios que transportan fluidos calientes que discurren por el exterior de edificios

> 25 mm.
Según Tabla 1.2.4.2.1 del RITE: Espesores mínimos de aislamiento (mm) de tuberías y accesorios que transportan fluidos calientes que discurren por el interior de edificios

> Directiva 92/75/CE.
Todos los electrodomésticos de uso doméstico deben mostrar una etiqueta ecológica que informe al usuario del consumo energético, el consumo de agua y la contaminación acústica del aparato. La información que debe recoger esta etiqueta se regula en la Directiva 92/75/CE, relativa a la indicación del consumo de energía y de otros recursos de los aparatos domésticos, por medio del etiquetado y de una información uniforme sobre los productos.

> 30mm
Tabla 1.2.4.2.2: Espesores mínimos de aislamiento (mm) de tuberías y accesorios que transportan fluidos calientes que discurren por el exterior de edificios

> Directiva 95/12/CE.
Lavadoras (Directiva 95/12/CE, modificada por la Directiva 96/89/CE). Debe constar la siguiente información: consumo de energía (kWh/ciclo), eficacia de lavado, eficacia de centrifugado, capacidad (kilogramos de algodón), consumo de agua (litros por ciclo) y ruido (en lavado y centrifugado).

> Directiva 1999/99/CE
Lavavajillas: (Directiva 1999/99/CE). Debe constar la siguiente información: consumo de energía (kWh/ciclo), eficacia de lavado, eficacia de secado, capacidad de cubiertos, consumo de agua (litros por ciclo) y ruido.

> 1 m3 por cada 3 m2 de piscina.
Se suele exigir a partir de piscinas con una superficie superior a los 30 m2. El volumen mínimo del depósito será de 1 m3 por cada 3 m2 de superficie útil, pero en la práctica dependerá de la frecuencia de llenado y renovación de la piscina.
El agua tendrá el mismo uso que las grises especialmente para llenar cisternas de inodoros.

> 5
Como referencia se puede utilizar el mapa pluviométrico proporcionado en la
sección HS1 del CTE. En él se distinguen cinco zonas pluviométricas en función
del nivel de precipitaciones recogido anualmente.

> Entre un 30-40%.
Disponen de un botón que, una vez que se pulsa, deja salir el agua durante un tiempo determinado hasta que se cierran automáticamente, de esta forma no hay riesgo de que el grifo se quede abierto indefinidamente.
Se utilizan principalmente en edificios públicos, donde permiten un ahorro de agua entre un 30% y un 40%.

> 40%
Es un dispositivo que mezcla aire con el agua permitiendo ahorrar un 40% de agua y energía en los grifos tradicionales.
En lavabos y otra grifería basta con sustituir el filtro existente por el perlizador.

> 60 m3
Para viviendas unifamiliares, la capacidad del depósito de recogida de agua de lluvia se suele establecer en 1 m3 por cada 17 m2 de cubierta con un mínimo de 20 m3. El volumen máximo suele oscilar entre 60 m3 para las zonas con precipitaciones medias superiores a 600 mm/año, y 90 m3 para zonas con precipitaciones inferiores a dicho valor. (Según valores zonas pluvionométricas «p» del HS 1)

> Cuando la longitud sea mayor de 15 metros.
Instalación de una tubería de retorno. La tubería de retorno consiste en un circuito en paralelo con los puntos de consumo que permite la recirculación del agua caliente, aunque no se produzca ningún consumo.
Esto permite un recalentamiento continuo en los intercambiadores o caldera. El circuito de retorno implica el consumo eléctrico de una pequeña bomba hidráulica, pero esta energía consumida es muy inferior a la que se desperdicia según lo descrito. La sección HS 4 prescribe
la obligatoriedad del circuito de retorno para longitudes de tuberías de agua caliente sanitaria superiores a 15 metros.

> Real Decreto 140/2003
El Real Decreto 140/2003 especifica los parámetros mínimos de salubridad y calidad que debe reunir el agua destinada al consumo humano.

> 20 m3
Para viviendas unifamiliares, la capacidad del depósito de recogida de agua de lluvia se suele establecer en 1 m3 por cada 17 m2 de cubierta con un mínimo de 20 m3.

> Las aguas residuales provenientes de lavados, duchas y electrodomésticos.

> Entre un 40-60%.
Los limitadores de caudal reducen la cantidad total de agua que sale del grifo. Solo se recomiendan para presiones de servicio habituales (entre 1 y 3 bar). Para presiones más bajas no tienen sentido. Permiten un ahorro de agua de entre un 40% y un 60%.
Se colocan entre la toma y la alcachofa o entre el grifo y el flexo.

> 30 m3
El volumen mínimo del depósito para edificios de viviendas será de 25 metros cúbicos (25 m3). Para hoteles se considerará un volumen mínimo de 30 m3.

> Entre 50-65 ºC.
Por norma general, la temperatura de ACS en los puntos de consumo debe estar comprendida entre 50 ºC y 65 ºC para evitar la proliferación de la legionela.
Este rango de temperaturas no es aplicable de forma obligatoria a los edificios de viviendas.

> 4
El número de bombas a instalar en el caso de un grupo de tipo convencional, excluyendo las de reserva, se determinará en función del caudal total del grupo. Se dispondrán 2 bombas para caudales de hasta 10 dm3/s, 3 para caudales de hasta 30 dm3/s y 4 para más de 30 dm3/s.

En el apartado 4.5.2.2 de la sección HS 4 se detalla el procedimiento de cálculo
de las bombas.

Generalmente, la red de suministro público presenta una presión que oscila entre 3 y 6 kg/cm2.

Un kg/cm2 es el equivalente a 10 metros de columna de
agua (en adelante, m. c. a.).

La sección HS 4 establece que:
En los puntos de consumo la presión mínima debe ser:

  • 100 kPa para grifos comunes.
  • 150 kPa para fluxores y calentadores.
  • La presión en cualquier punto de consumo no debe superar 500 kPa.
1 bar = 1 kg/cm2 = 14,5 PSI = 100 kPa = 0,1 MPa =1 atm = 10 metros de columna de agua

 

 

 

 

Print Friendly, PDF & Email